La compañía pidió a los organismos competentes que hagan cumplir las decisiones emanadas por el TSJ y la Asamblea Nacional sobre la "ilegalidad" del reclamo de los ex trabajadores
El Nacional (Venezuela).- La empresa Coca Cola Femsa de Venezuela exigió a las autoridades tomar acciones que permitan la liberación de varias de sus instalaciones, que permanecen tomadas desde el pasado 1 de octubre por un grupo de ex fleteros que reclaman reivindicaciones laborales.
La compañía aseguró en un comunicado publicado en varios diarios de circulación nacional que estas acciones de bloqueo son "ilegales" y denunció que amenazan la estabilidad laboral de los 8.000 trabajadores activos.
Sostienen que las denuncias de los ex empleados no son válidas, por cuanto según el artículo 61 de la Ley Orgánica del Trabajo "todas las acciones provenientes de la relación de trabajo prescribirán al cumplirse un año desde la terminación de la prestación del servicio". Los ex empleados que reclaman indemnizaciones laborales, como consta en un informe de la Asamblea Nacional, tienen entre cinco y 15 años fuera de la empresa, por lo que sus causas han prescrito.
Coca Cola refiere la decisión del Tribunal Supremo de Justicia del pasado 9 de junio, que ratifica lo anterior al considerar que se trata de unos reclamantes "que tienen sus acciones prescritas, no demandaron nunca o firmaron transacciones que fueron homologadas, por lo que jurídicamente no tienen derecho a reclamar a la empresa Coca Cola Femsa de Venezuela".
El Nacional (Venezuela).- La empresa Coca Cola Femsa de Venezuela exigió a las autoridades tomar acciones que permitan la liberación de varias de sus instalaciones, que permanecen tomadas desde el pasado 1 de octubre por un grupo de ex fleteros que reclaman reivindicaciones laborales.
La compañía aseguró en un comunicado publicado en varios diarios de circulación nacional que estas acciones de bloqueo son "ilegales" y denunció que amenazan la estabilidad laboral de los 8.000 trabajadores activos.
Sostienen que las denuncias de los ex empleados no son válidas, por cuanto según el artículo 61 de la Ley Orgánica del Trabajo "todas las acciones provenientes de la relación de trabajo prescribirán al cumplirse un año desde la terminación de la prestación del servicio". Los ex empleados que reclaman indemnizaciones laborales, como consta en un informe de la Asamblea Nacional, tienen entre cinco y 15 años fuera de la empresa, por lo que sus causas han prescrito.
Coca Cola refiere la decisión del Tribunal Supremo de Justicia del pasado 9 de junio, que ratifica lo anterior al considerar que se trata de unos reclamantes "que tienen sus acciones prescritas, no demandaron nunca o firmaron transacciones que fueron homologadas, por lo que jurídicamente no tienen derecho a reclamar a la empresa Coca Cola Femsa de Venezuela".
No hay comentarios:
Publicar un comentario