Union Radio.- La noche de este viernes le fueron dictadas medidas cautelares al general retirado y ex ministro de la Defensa Raúl Isaías Baduel, específicamente le fue impuesta prohibición de salida del país, la presentación ante el tribunal primero de control militar cada quince días, así como la prohibición de hablar ante los medios de comunicación, sobre el procedimiento que se le seguiría por la presunta comisión del delito de sustracción de fondos y efectos pertenecientes a la Fuerza Armada Nacional.
La información fue suministrada por el abogado defensor de Baduel, Rafael Tosta, mediante contacto telefónico desde la fiscalía militar en Fuerte Tiuna.
Mas tarde a la salida de la comparecencia ante el tribunal militar, el defensor del general Baduel amplió la información.
"Este acto de imputación ha sido muy genérico todo lo que hablaron los fiscales, porque imputaciones concretas en las cuales se le señalen circunstancias de tiempo, modo, lugar con detalles, eso brilló por su ausencia durante este acto".
"No pudiera decirle con precisión porque es muy poco los detalles que se presentaron por el ministerio público para imputar al general Baduel", dijo Tosta.
El ministro de defensa puede ordenar investigación penal, excepto una donde esté involucrado un general
Tosta explicó que la decisión para abrir una investigación a cualquier general es competencia exclusiva del presidente de la República.
"El general Baduel o cualquier otro oficial con el grado de general solamente puede ser investigado, imputado y subsiguientemente acusado si fuere el caso por el fiscal general ante la corte marcial", afirmó.
"El ministro de la defensa puede ordenar una investigación penal, excepto una donde esté involucrado un general. Las investigaciones militares donde haya imputado un general, es de la exclusiva competencia del presidente de la República, son dos artículos completa mente distintos en el código orgánico procesal penal y aquí el artículo que sirvió de fundamento para que el ministro ordenara la averiguación es el artículo 55 ordenal primero del código orgánico de justicia militar".
La información fue suministrada por el abogado defensor de Baduel, Rafael Tosta, mediante contacto telefónico desde la fiscalía militar en Fuerte Tiuna.
Mas tarde a la salida de la comparecencia ante el tribunal militar, el defensor del general Baduel amplió la información.
"Este acto de imputación ha sido muy genérico todo lo que hablaron los fiscales, porque imputaciones concretas en las cuales se le señalen circunstancias de tiempo, modo, lugar con detalles, eso brilló por su ausencia durante este acto".
"No pudiera decirle con precisión porque es muy poco los detalles que se presentaron por el ministerio público para imputar al general Baduel", dijo Tosta.
El ministro de defensa puede ordenar investigación penal, excepto una donde esté involucrado un general
Tosta explicó que la decisión para abrir una investigación a cualquier general es competencia exclusiva del presidente de la República.
"El general Baduel o cualquier otro oficial con el grado de general solamente puede ser investigado, imputado y subsiguientemente acusado si fuere el caso por el fiscal general ante la corte marcial", afirmó.
"El ministro de la defensa puede ordenar una investigación penal, excepto una donde esté involucrado un general. Las investigaciones militares donde haya imputado un general, es de la exclusiva competencia del presidente de la República, son dos artículos completa mente distintos en el código orgánico procesal penal y aquí el artículo que sirvió de fundamento para que el ministro ordenara la averiguación es el artículo 55 ordenal primero del código orgánico de justicia militar".
No hay comentarios:
Publicar un comentario